Estimados Pastores:
Comunicamos la última información:
Decisión Administrativa 2020 – 810 del 15-05-2020: Amplía listado de actividades y servicios exceptuados en el artículo 6° del Decreto N° 297/20 y sus normas complementarias, en todo el Territorio Nacional, con excepción del AMBA
Resolución sobre la apertura de los templos en las diferentes provincias, excepto para la región del AMBA que continúa en la fase 3 del aislamiento preventivo social obligatorio.
El Poder Ejecutivo Nacional incluye dentro de las actividades y servicios exceptuados en el marco de la pandemia a las actividades religiosas individuales, NO a las celebraciones de cultos en templos correspondientes a entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.
Cada Provincia o Municipio deberá elaborar un protocolo propio correspondiente a su Jurisdicción, según la normativa de salud.
En consecuencia las iglesias de cada Ciudad deberán trabajar con los gobiernos locales a fin de establecer los pasos a seguir en el proceso de salida de la cuarentena.
Adjuntamos Decisión Administrativa y Pautas para el Protocolo
Los mantendremos informados.
¡Bendiciones!
Para mayor información puede contactarse con nuestro mail info@yassconsultores.com o escribirnos un WhatsApp al +54 9 11 3783 8709